¿Hay que incorporar las dietas de los trabajadores en las pagas extraordinarias o durante las vacaciones?

listado con las tres más comunes:
- Dieta de manutención: Se paga cuando el trabajador debe realizar un viaje fuera de su lugar de trabajo y necesita cubrir los gastos de comida.
- Dieta de alojamiento: Este tipo de dieta se paga cuando el trabajador debe pasar la noche fuera de su lugar de trabajo y necesita cubrir los gastos de alojamiento.
- Dieta de transporte: Se paga cuando el trabajador debe desplazarse por motivos laborales y necesita cubrir los gastos de transporte.
Es importante tener en cuenta que no todas las empresas pagan dietas y que su inclusión en el salario puede depender del convenio colectivo y de la política interna de cada empresa.
Sentencias sobre el pago de dietas en las pagas extras y vacaciones.
En este caso existen varias sentencias que establecen que las dietas no se consideran salario a efectos de cálculo de vacaciones y pagas extraordinarias.
Según la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de julio de 2014: «El concepto de salario regulado por el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores no incluye las dietas o gastos de viaje.
Se abonan al trabajador para compensar los gastos realizados en el desempeño de su actividad laboral, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario en el convenio colectivo aplicable».
El 10 de julio 2019 se produjo otra sentencia del Tribunal Supremo en la que se ratifica que las dietas no deben ser incluidas en el cálculo de las pagas extraordinarias ni de las vacaciones.
Eso sí, salvo que se haya pactado expresamente en convenio colectivo o contrato de trabajo.
Sin embargo, apenas un año más tarde, el 28 de julio de 2020, el Tribunal Supremo estableció que las dietas deben ser incluidas en la base de cálculo de las pagas extras y las vacaciones.
Aunque aclara que “a menos que se indique lo contrario en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.
En definitiva, cada caso debe ser analizado individualmente y en función de las circunstancias específicas de cada trabajador y empresa.
Los incentivos salariales, ¿se deben pagar en las pagas extras y vacaciones?.
En los pagos de incentivos salariales la situación cambia un poco. El pago o no dependerá del tipo de incentivo salarial y el motivo por el que se pague.
Ten en cuenta que aquí también juega un papel fundamental el convenio colectivo.
En general, si los incentivos son pagos regulares y forman parte del salario del trabajador, deberían incluirse en el cálculo de las pagas extras y las vacaciones.
Sin embargo, si se trata de incentivos puntuales y no regulares, como bonificaciones por objetivos o premios por desempeño, es posible que no estén incluidos en las pagas extras o vacaciones.
Sentencias sobre el pago de los incentivos salariales en las pagas extras o vacaciones. El Tribunal Supremo ha tratado varias veces el tema de si los incentivos salariales deben incluirse en las pagas extras y durante las vacaciones. Como hemos dicho anteriormente, se considera que los incentivos relacionados con el rendimiento o los objetivos son parte del salario si se pagan de forma habitual. Esto significa que, en muchos casos, sí deben incluirse en estas retribuciones. Sin embargo, todo depende de si forman o no parte del sueldo del trabajador habitual del trabajador o si lo regula el convenio colectivo aplicable.
Dejamos a continuación unas sentencias relevantes para este tipo de casos:
- Sentencia del Tribunal Supremo, 19 de noviembre de 2015. En ella se establece que los incentivos salariales vinculados al rendimiento del trabajador deben ser considerados como salario variable, por lo que si el convenio colectivo o el contrato de trabajo lo regula, estos incentivos salariales deberán ser prorrateados en las pagas extraordinarias y pagarse en las vacaciones correspondientes.
- Sentencia del Tribunal Supremo, 8 de junio de 2016 (496/2016). En esta sentencia se establecieron los incentivos de un trabajador que cobraba un incremento salarial por comisiones por ventas y otros ligados a la producción del propio trabajador donde el tribunal dictaminó que deberían incluirse estos incentivos siempre y cuando sean percibidos de manera habitual ya que formarían parte del salario habitual del trabajador.
Por último, cabe mencionar la sentencia adicional del Tribunal Supremo, 18 de junio de 2020 (468/2020) que sigue reforzando que deben incluirse todos los conceptos habituales como los incentivos salariales, siempre y cuando no sean esporádicos.
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